El 31 de julio de 2026, la Asamblea Nacional (AN) de Venezuela, con mayoría chavista, aprobó la Ley del Régimen Especial de Arrendamiento de Inmuebles Destinados a Vivienda. Esta normativa, compuesta por 27 artículos, busca revitalizar el mercado de alquileres en el país, especialmente tras los daños causados por los terremotos del 24 de junio que dejaron 17.907 damnificados.
La ley fue aprobada con los votos a favor de las bancadas del Grupo Libertad y la Alianza Democrática. Durante el proceso, se recibieron más de 900 propuestas de diversos sectores, incluyendo cámaras inmobiliarias, inquilinos y propietarios.
Objetivos y principios de la nueva ley
La diputada Alejandra Rodríguez integrante de la comisión especial, destacó que la nueva ley busca recuperar la confianza en el mercado de arrendamiento. Según Rodríguez, «nadie quería alquilar su propiedad» debido a la falta de garantías para recuperarla. La normativa se basa en la confianza, libre voluntad de las partes y no discriminación.
Entre los principios fundamentales de la ley se encuentran la igualdad y no discriminación los derechos humanos, la justicia social, la solidaridad, la corresponsabilidad, la seguridad jurídica, el libre ejercicio de la actividad económica y la autonomía de la voluntad de las partes.
Exclusiones y condiciones de habitabilidad
La ley no deroga la normativa de 2011 y solo regirá para los contratos de arrendamiento formalizados después de su entrada en vigencia. Quedan excluidos los terrenos no edificados, fincas rurales, hoteles, moteles, establecimientos turísticos y otros inmuebles destinados a actividades comerciales, industriales o profesionales.
Además, la ley establece condiciones mínimas de habitabilidad. No podrán alquilarse inmuebles en zonas de alto riesgo, construidos con materiales inadecuados o que impliquen un riesgo para la vida, seguridad o salud de las personas.
Duración de los contratos y ajustes en el canon de arrendamiento
El contrato de arrendamiento tendrá una duración de un año, con posibilidad de prórrogas. El monto del canon de arrendamiento será acordado entre las partes y se mantendrá vigente durante el lapso establecido. En caso de prórroga o renovación, el ajuste no podrá ser superior a la variación del índice de precios al consumidor publicado por el Banco Central de Venezuela (BCV).
El canon de arrendamiento se pagará mensualmente, salvo que las partes acuerden lo contrario. Se autoriza el uso de otras monedas distintas al bolívar, pero el arrendatario podrá cumplir con la obligación de pago entregando el monto equivalente en bolívares, conforme al tipo de cambio publicado por el BCV del día de pago.
La ley también conserva el derecho del inquilino, con más de dos años de residencia, a ser considerado como primera opción en caso de que el arrendador decida vender la vivienda, siempre y cuando esté al día con el pago mensual.
La AN sigue sesionando en el centro de convenciones La Carlota debido a los daños sufridos por el Palacio Legislativo durante los sismos. La sesión del 31 de julio comenzó pasadas las 3:00 pm, presidida por el primer vicepresidente Pedro Infante, y más de hora y media después se incorporó a la segunda discusión el jefe del Parlamento, Jorge Rodríguez.
Rodríguez resaltó que es la ley número nueve que sanciona el Parlamento desde su instalación el 5 de enero de 2026.


