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4 junio 2026

TEEO anula procesos en Santa Cruz Acatepec y Santiago Xanica por irregularidades en las asambleas

El TEEO anuló acuerdos del IEEPCO y ordenó dejar sin efecto las elecciones municipales en dos municipios de sistemas normativos indígenas por irregularidades en la asamblea y exclusión de comunidades

TEEO anula procesos en Santa Cruz Acatepec y Santiago Xanica por irregularidades en las asambleas

En sesión pública jurisdiccional del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), celebrada el 01 de abril de 2026, se resolvió la nulidad de las elecciones municipales de Santa Cruz Acatepec y Santiago Xanica, que se rigen por los sistemas normativos indígenas. Los magistrados consideraron que existieron vicios en los procedimientos que impidieron garantizar los principios básicos de certeza y participación ciudadana, por lo que revocaron dos acuerdos emitidos por el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO).

Las decisiones afectan directamente los acuerdos IEEPCO-CG-SNI-433/2026 y IEEPCO-CG-SNI-416/2026, cada uno relacionado con la calificación de los procesos electorales en los citados municipios. El Pleno determinó que en ambos casos no se cumplió con elementos esenciales del procedimiento asambleario, lo que motivó la revocación y la apertura a nuevas acciones conforme a la legislación aplicable.

Santa Cruz Acatepec: ausencia de verificación y ruptura de la asamblea

En el expediente relativo a Santa Cruz Acatepec, el TEEO revocó el acuerdo IEEPCO-CG-SNI-433/2026 al no existir certeza sobre la instalación de la asamblea. La mayor parte de los integrantes del Consejo Municipal Electoral manifestaron que la reunión no pudo instalarse por falta de condiciones, además de que el cómputo de la votación no se realizó. Para el Tribunal, se acreditó la ruptura de la asamblea producto de desacuerdos internos, entre ellos la definición de quiénes tenían el derecho a votar, con lo que se afectó la validez del procedimiento.

Consecuencias prácticas para el proceso local

La nulidad implica que los actos derivados del acuerdo impugnado carecen de efectos jurídicos y deberán restablecerse las condiciones para una nueva determinación válida. El TEEO subrayó la importancia de que las asambleas en el marco de los sistemas normativos indígenas se celebren con pleno respeto a las reglas internas y a la garantía de participación de quienes forman parte del municipio, para evitar que la legitimidad del órgano electo quede en entredicho.

Santiago Xanica: exclusión de comunidades y violación del derecho político

Respecto a Santiago Xanica, el Tribunal anuló el acuerdo IEEPCO-CG-SNI-416/2026 al concluir que no se garantizó el derecho de votar y ser votado de todas las comunidades que integran el municipio. El TEEO señaló que esa práctica de exclusión se ha repetido desde 2010 y que, en esta ocasión, fue suficiente para revocar la calificación del proceso, pues vulnera principios de representación y pluralidad obligatorios en procedimientos comunitarios.

Implicaciones históricas y administrativas

El Tribunal puso énfasis en el patrón de exclusión documentado desde 2010, lo que no solo afecta la validez de la elección local sino también la confianza en los mecanismos internos de gobierno. La resolución obliga a las autoridades electorales y a los órganos municipales a revisar sus procedimientos para garantizar la incorporación de todas las comunidades, evitando prácticas que limiten la competencia política y la expresión colectiva en los sistemas normativos indígenas.

Otros resolutivos del Pleno y cierre de la sesión

En la misma sesión, el Pleno del TEEO resolvió un total de siete medios de impugnación: dos Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía en el Régimen de los Sistemas Normativos Internos (JDCI), un Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano (JDC) y cuatro Juicios Electorales de los Sistemas Normativos Indígenas (JNI). Estas resoluciones reflejan la carga jurisdiccional relacionada con procesos comunitarios y subrayan la atención que el Tribunal presta a la correcta observancia de las garantías políticas en contextos indígenas.

Nota final

Las determinaciones emitidas por el TEEO el 01 de abril de 2026 abren la puerta a la revisión de prácticas locales y al establecimiento de medidas orientadas a asegurar la validez de futuras asambleas y elecciones en municipios bajo sistemas normativos indígenas. El objetivo central será preservar el derecho político de todas las personas y comunidades involucradas, así como garantizar procesos transparentes y conformes a derecho.

Autor

Emanuele Negri

Emanuele Negri, exarquitecto de Turín, documentó la recuperación de un patio en la Barriera di Milano y decidió pasarse a la comunicación editorial: en la redacción promueve proyectos de regeneración urbana y firma dossiers sobre materiales sostenibles. Conserva un croquis original del primer proyecto profesional.