En un giro inesperado, el Tribunal Constitucional (TC) del Perú ha declarado nulo el proceso penal contra el expresidente Ollanta Humala Tasso ordenando su liberación inmediata. La sentencia, emitida el 31 de julio de 2026 anula todos los actos procesales desde las investigaciones preliminares iniciadas en 2019 hasta la sentencia condenatoria de abril de 2026 que impuso al exmandatario 15 años de prisión.

La decisión, adoptada por 5 votos contra 2 se basa en la vulneración de los principios de legalidad y tipicidad al considerar que los hechos imputados a Humala no podían ser tipificados como lavado de activos al momento en que ocurrieron. Los magistrados Helder Domínguez HaroFrancisco Morales SaraviaGustavo Gutiérrez TicseCésar Ochoa Cardich y Pedro Hernández Chávez conformaron la mayoría que declaró fundada la demanda de hábeas corpus presentada por la defensa del expresidente.

La base legal de la decisión

El núcleo del razonamiento del TC es que los hechos atribuidos a Humala —la recepción de aportes del gobierno venezolano y de empresas constructoras brasileñas durante las campañas presidenciales de 2006 y 2011— no podían ser tipificados como lavado de activos al momento en que ocurrieron. La norma que permite sancionar la sola recepción de dinero de origen ilícito, conocida como receptación patrimonial fue incorporada al ordenamiento penal peruano recién en 2016.

El tribunal señaló además que no se acreditó que Humala tuviera conocimiento del origen ilegal de esos fondos, elemento que no puede presumirse sin prueba. La sentencia constitucional establece, en su fundamento 50, la nulidad de todo el proceso penal seguido contra Humala Tasso, con efecto retroactivo desde las investigaciones preliminares iniciadas en 2019.

Las consecuencias inmediatas

La resolución del TC ordena oficiar de forma inmediata al Instituto Nacional Penitenciario (INPE) para que proceda con la liberación bajo responsabilidad del exmandatario. Además, dispone el levantamiento de las órdenes de captura vigentes en el presente proceso y la notificación al Ministerio Público a la Sala Penal de Apelaciones y demás partes interesadas.

El abogado Wilfredo Pedraza representante legal de Humala, declaró que «con bastante satisfacción recibimos una sentencia que ha declarado fundado el hábeas corpus y, consecuentemente, ha dispuesto la nulidad de todo el proceso». Su colega Julio Espinoza Goyena afirmó que «la consecuencia inmediata es que el órgano judicial que actualmente conoce el caso tiene que, en el plazo más corto posible, ejecutar esta sentencia«.

El futuro de los procesos pendientes

Humala, de 65 años se encontraba recluido en el penal de Barbadillo un establecimiento especial para expresidentes ubicado al este de Lima. Al momento de dictarse la resolución, el expresidente tenía pendientes otros cinco procesos judiciales en distintos juzgados de investigación preparatoria, todos ellos sin medidas de coerción procesal vigentes.

La nulidad declarada por el TC abarca exclusivamente el proceso por lavado de activos que motivó su reclusión. Sin embargo, la decisión del tribunal podría tener implicancias en los demás procesos judiciales en los que está involucrado el expresidente. La defensa de Humala ha expresado su confianza en que, con el tiempo, otros mecanismos legales podrían extender los efectos de la sentencia del TC a los demás procesados.