El ex Ministro de Economía de la Nación, Luis Caputo volvió a la agenda judicial luego de que la Fiscalía solicitara su citación a indagatoria. La petición surge porque, cuando desempeñaba el cargo de secretario de Finanzas durante la gestión de Mauricio Macri no declaró ingresos percibidos de una empresa vinculada a la compra de bonos del Estado.
En principios de septiembre la Cámara Federal de Comodoro Py confirmó el sobreseimiento que había dictado en diciembre del año pasado, pero la Fiscalía apeló la decisión y el expediente fue remitido a la Cámara Federal de Casación Penal para su revisión.
Origen de la causa y conexión con los Paradise Papers
La investigación se originó en 2017 cuando diputados alineados con el kirchnerismo presentaron una denuncia tras la publicación de los Paradise Papers. Ese documento reveló que, entre marzo de 2016 y abril de 2017 Caputo recibió 18.944 dólares de Princess International Group. En el mismo lapso, la empresa adquirió 494.702,56 dólares en bonos emitidos por el Gobierno argentino.
Paralelamente, Caputo no incluyó en su declaración jurada su participación en Noctua Partners LLC una sociedad que administraba fondos a través de Alto Global Master Fund, LP con sede en Miami. En esa entidad, Caputo figuraba como gerente de cartera. La empresa Princess International Group accionista de Noctua, compró los bonos durante la emisión en la que Caputo, como secretario de Finanzas, tenía una responsabilidad directa.
Decisión judicial y la apelación de la Fiscalía
El fiscal federal Carlos Rívolo formuló la acusación señalando tres posibles delitos: negociaciones incompatibles con la función públicaenriquecimiento ilícito y uso de información privilegiada. Según la Fiscalía, mientras Caputo participaba en la emisión de los bonos, facturaba a través de L.C. servicios de asesoría financiera a Noctua, la misma que adquirió esos bonos, generando una ganancia para su hermano Flavio Caputo.
El juez federal Julián Ercolini había sobreseído a Caputo en diciembre del año pasado bajo el argumento de que la omisión no había tenido carácter doloso y que la falta de registro se debió a una “circunstancia general”. La defensa sostuvo que el exfuncionario nunca mantuvo vínculo activo con esas empresas una vez que asumió el cargo público y que la compra de bonos se realizó en condiciones de mercado normales.
Petición de la Fiscalía y remisión a la Cámara de Casación
La fiscalista adjunta de la Cámara Federal, Eugenia Anzorreguy de Silva no aceptó la argumentación del tribunal y apeló para que el fallo sea revisado por la Cámara de Casación. La unidad judicial aceptó la solicitud por mayoría, indicando que la acusación había especificado claramente los preceptos legales supuestamente vulnerados.
Los magistrados Pablo Bertuzzi y Pablo Yadarola respaldaron la decisión, señalando que la Fiscalía había fundamentado su pretensión en la normativa vigente. En disidencia, el juez Mariano Llorens consideró insuficientes los argumentos para involucrar a la Cámara de Casación, pero la mayoría prevaleció y el expediente continuará su tramitación en la instancia superior.



