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4 junio 2026

Auditorías recomiendan suspensión del registro de AtlasIntel por presuntas irregularidades

CNE y ciudadanos pidieron medidas contra AtlasIntel tras auditorías que indican uso de sondeos no probabilísticos y ausencia de trazabilidad metodológica

Auditorías recomiendan suspensión del registro de AtlasIntel por presuntas irregularidades

La reciente revisión técnica encabezada por comisiones del CNE ha puesto en el centro del debate público a AtlasIntel, la firma que realizó varios estudios difundidos en medios. Los informes de auditoría, firmados dentro del proceso de vigilancia de encuestas, detallan inconsistencias que podrían vulnerar la Ley 2494 de 2026. Entre las conclusiones figura la posibilidad de que algunos trabajos difundidos correspondan a sondeos no probabilísticos en lugar de encuestas probabilísticas, un matiz que la norma electoral considera determinante para permitir o prohibir la publicación de resultados sobre intención de voto.

El expediente contiene además reclamos de ciudadanos y organizaciones que pidieron medidas cautelares contra la empresa, argumentando que la difusión de esos estudios puede afectar la equidad de la contienda y la percepción pública de candidaturas. Los hallazgos técnicos han sido firmados por comisionados y comisionadas del CNE, lo que elevó la presión sobre el organismo para decidir si procede la suspensión provisional del registro de operación de la firma en el Registro Nacional de Firmas Encuestadoras.

Hallazgos de las auditorías y su significado

Los informes de la Comisión Técnica y de Vigilancia de Encuestas identificaron múltiples elementos problemáticos en los expedientes presentados por AtlasIntel. Entre los puntos señalados aparecen la ausencia de trazabilidad en los microdatos, inconsistencias en la documentación técnica y la imposibilidad de verificar plenamente la regla de inclusión de las unidades observadas. Los auditores señalan que la metodología descrita como Atlas RDR no aporta suficiente soporte para analizar la función de calibración, los factores de expansión ni la distribución final de ponderadores, aspectos que la normativa exige para garantizar la representatividad y la reproducibilidad de una medición.

Identificación de sondeos frente a encuestas

Un elemento central en la controversia es la distinción entre encuesta y sondeo. Las auditorías concluyen que, en al menos uno de los estudios publicados junto a la revista Semana, la evidencia apunta a un sondeo no probabilístico de reclutamiento digital, modalidad que, según la Ley 2494 de 2026, no puede presentarse como medición representativa del electorado cuando se trata de intención de voto. También se cuestiona la difusión de un margen de error del 2% sin soporte técnico verificable, lo que complica la evaluación de la fiabilidad de los resultados.

Reclamos ciudadanos y peticiones de suspensión

La disputa llegó al CNE por vías formales: además de auditorías iniciadas por el propio organismo, ciudadanos como Sergio Arturo Cardozo Rivera, Antonia Salazar Agudelo y Paola Andrea Martínez Jaimes presentaron una queja solicitando medidas cautelares contra AtlasIntel. Adicionalmente, la Red de Veedurías de Colombia requirió la apertura de investigación y la suspensión temporal del registro por considerar que la reiteración de estas prácticas configuraría una vulneración grave de los estándares exigidos para las encuestas electorales. En su petición, la Red advirtió que la difusión de cifras no verificables puede alterar la percepción de viabilidad de candidaturas y distorsionar la voluntad ciudadana.

Solicitudes concretas al CNE

Entre las peticiones figuran la cesación inmediata de la publicación y circulación de estudios atribuibles a AtlasIntel que se presenten como representativos, la prohibición temporal de nuevas mediciones electorales y la emisión de comunicaciones públicas para advertir a medios y plataformas. También se solicitó que el CNE ordene rectificaciones cuando los contenidos se hayan difundido sin el soporte técnico exigido por la norma. Como antecedente, el expediente alude a la Resolución 1101 de 2026, mediante la cual el propio Consejo abrió investigación y formuló cargos a la firma por presuntas irregularidades.

Implicaciones para el proceso electoral y próximos pasos

Si el CNE decide aplicar sanciones que incluyan la suspensión del registro de AtlasIntel, la medida tendría efectos inmediatos sobre la capacidad de la firma para publicar y comercializar estudios electorales en Colombia. Sin embargo, la decisión final dependerá de la valoración del conjunto probatorio y de la respuesta que presente la empresa frente a las observaciones. Mientras tanto, la discusión pública resalta la importancia de la verificabilidad y la transparencia metodológica como requisitos mínimos para proteger la integridad de la información que circula en campañas electorales.

Observación final

El caso subraya un punto clave: en contextos electorales, la confianza en las cifras depende tanto de la calidad técnica como del cumplimiento de la normativa. El CNE tiene ahora la tarea de decidir si los hallazgos descritos configuran una infracción suficiente para suspender la operación de una encuestadora y, de paso, enviar una señal sobre el rigor exigible a futuros estudios que busquen influir en la opinión pública durante la campaña.

Autor

Martina Pellegrino

Martina Pellegrino propuso y cuidó el dossier sobre la restauración de los Uffizi tras una inspección en la obra, defendiendo una línea editorial de contextualización histórica. Redactora histórica, es conocida por un detalle: anota cronologías en postales antiguas de Florencia.