Saltar al contenido
4 junio 2026

Ajustes en paridad e inclusión en Jalisco tras fallo del Tribunal Electoral

El Instituto Electoral de Jalisco acató resoluciones judiciales que exigen precisiones en los lineamientos de paridad e inclusión; se mantienen el diseño general y medidas afirmativas, pero con ajustes concretos en requisitos y alcance

ajustes en paridad e inclusion en jalisco tras fallo del tribunal electoral 1775025933

En una sesión extraordinaria, el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco (IEPC) aprobó las adaptaciones necesarias para cumplir con las determinaciones del Tribunal Electoral del Estado de Jalisco relacionadas con los lineamientos de paridad e inclusión rumbo al proceso municipal 2026-2027. Estas modificaciones responden a los recursos jurídicos identificados como RAP-007/2026 y JDC-020/2026, así como acumulados, y están vinculadas con el acuerdo original IEPC-ACG-047/2026, aprobado el 30 de junio de 2026. El instituto subrayó que la norma fue emitida con antelación deliberada para dar certeza a partidos y ciudadanas y ciudadanos.

Aunque el Tribunal revocó parcialmente el acuerdo inicial, confirmó el núcleo del diseño normativo del IEPC, por lo que las rectificaciones son puntuales y no implican un cambio de fondo. La consejera presidenta Paula Ramírez Höhne enfatizó la responsabilidad institucional de acatar lo resuelto y precisó que la estructura general del modelo permanece. En el trámite hubo más de cuarenta impugnaciones contra los lineamientos, pero la mayoría del modelo fue validada por la autoridad jurisdiccional.

Cambios concretos ordenados por el tribunal

El Consejo General aprobó cuatro ajustes específicos señalados por la sentencia. Primero, se exige la acreditación de la discapacidad con carácter de permanente para poder acceder a la acción afirmativa destinada a personas con discapacidad; esta precisión busca evitar ambigüedades en la aplicación. Segundo, se amplió el rango etario para candidaturas jóvenes a 18 a 35 años, en sustitución del límite anterior que llegaba hasta 29 años. Tercero, se reforzó la medida que reserva ocho municipios para la postulación exclusiva de mujeres, precisando que en el municipio de Zapopan —el de mayor población en el estado— las candidaturas deberán corresponder a mujeres indígenas, de la población LGBTTTIQ+ o mujeres con discapacidad. Finalmente, el Tribunal ordenó suprimir el párrafo 3 del artículo 15 que obligaba a las candidaturas independientes a postular exclusivamente mujeres en esos ocho municipios, de modo que las candidaturas independientes ya no están sujetas a esa obligación.

Zapopan y la discusión sobre alcance

La inclusión de una condición específica para Zapopan fue uno de los puntos más controvertidos. La consejera presidenta expresó su desconcierto ante lo que interpretó como una intención de restringir la participación de ciertas mujeres en ese municipio, mientras que el Tribunal buscó afinar el impacto de la reserva para garantizar representaciones más diversas. La medida pretende corregir desigualdades históricas en alcaldías: actualmente solo 49 de 125 municipios en Jalisco están gobernados por mujeres, por lo que el IEPC defendió la proporción y necesidad de medidas afirmativas dirigidas a subsanar esa brecha.

Reacciones internas y plazo de cumplimiento

Las consejeras del órgano coincidieron en la importancia de proteger la esencia de las políticas de paridad. La consejera electoral Miriam Guadalupe Gutiérrez Mora recordó que los lineamientos fueron diseñados para avanzar hacia una igualdad sustantiva mediante acciones progresivas y basadas en estándares constitucionales e internacionales, por lo que cualquier ajuste debía ser analizado con cautela para evitar retrocesos. Por su parte, la consejera Melissa Amezcua Yépiz advirtió que las resoluciones aún no gozan de firmeza jurídica completa y esto limita su difusión e implementación, por lo que urgió a consolidarlas lo antes posible.

Cumplimiento anticipado

El Instituto informó que las modificaciones se realizaron antes del plazo de 15 días hábiles otorgado por el Tribunal, con el objetivo de anticipar reglas claras para el proceso electoral 2026-2027 y brindar certeza a las y los actores políticos. El cumplimiento previo busca evitar incertidumbres jurídicas que podrían entorpecer la organización de candidaturas y la planificación interna de partidos y candidatas.

Decisiones complementarias: revista Folios y gestión de material

En la misma sesión, el Consejo General aprobó la incorporación de cuatro nuevas personas al Consejo Editorial de la revista Folios: Gloria Alcocer Olmos, Rodrigo Bengochea Villegas, Johana Plascencia Barrera y Mara Nadiezhda Robles Villaseñor, por un periodo honorífico de dos años, con la finalidad de mantener la pluralidad y el principio de paridad en la publicación que cumple dos décadas. El consejero electoral Carlos Javier Aguirre Arias destacó el papel de la revista como un espacio que vincula cultura, arte y política, evocando la reflexión sobre la vida pública y la condición humana.

Desincorporación y manejo ambiental del material electoral

Finalmente, se aprobó la baja y destrucción de material electoral del Proceso Electoral Local 2026–2026 que ya no es susceptible de reutilización, entre ellos 10,863 cajas paquete electoral utilizadas para gubernatura y diputaciones locales, además de canceles, urnas y bases porta urna con daños irreversibles. La disposición prevé su desincorporación definitiva del inventario institucional y su destrucción mediante procedimientos ambientalmente responsables que permitan el reciclaje, con el fin de cumplir la normativa y cuidar el patrimonio público.

Autor

Massimiliano Cardinale

Massimiliano Cardinale, de Catania, empezó compartiendo una receta familiar durante una fiesta del pueblo, atrayendo una comunidad de seguidores: ese gesto lo llevó a la redacción con un tono informal. Propone contenidos para redes y lleva apuntes con nombres de productores locales y técnicas de cocina.