En mayo de 2026 los importes que se usan como referencia para liquidar los sueldos de quienes cumplen funciones de supervisión en el ámbito doméstico se mantienen iguales a los aplicados en el mes anterior, hasta que se confirme una actualización. La figura de supervisor es la categoría superior dentro del convenio de trabajo para las tareas de casas particulares, y abarca a quienes coordinan y controlan el trabajo de dos o más personas.
La remuneración puede recibir distintas formas: pago por hora o pago mensual, según la modalidad de contratación. Para ambas situaciones existen valores mínimos de referencia que publican las entidades representativas del sector; esos valores sirven de base para calcular el salario cuando el vínculo es por jornada, por hora o por mes, y se aplican conforme a la carga horaria efectiva.
Cómo se calculan los haberes
Para liquidar los salarios de los supervisores se distinguen dos escenarios principales. En primer lugar, cuando el trabajador presta servicios para un mismo empleador menos de 24 horas semanales, la referencia se realiza por valor por hora. En segundo lugar, si trabaja 24 horas o más a la semana para el mismo empleador, se atiende a una escala mensual publicada por el sindicato y las autoridades correspondientes, como el UPACP. En ambos casos, los importes se aplican de forma proporcional a la cantidad de horas efectivamente trabajadas.
Trabajadores con esquema por hora
Cuando el vínculo está registrado como horario reducido, las planillas de referencia contienen una cifra mínima por hora que sirve para computar el haber básico. Ese monto es únicamente la base salarial: no incluye otros conceptos obligatorios. Por eso, además del importe por hora, el empleador debe agregar todos los conceptos legales que correspondan según la normativa vigente y los acuerdos del sector.
Trabajadores con esquema mensual
Para quienes se desempeñan 24 horas o más por semana se toma como referencia la grilla mensual publicada por el UPACP y se aplica la proporcionalidad por la jornada real. La cobertura alcanza a los trabajadores alcanzados por la ley n° 26.844, y los importes de referencia se usan como base para calcular salarios de convenio pero no sustituyen otros derechos laborales.
Obligaciones del empleador y formalización del vínculo
La formalización es imprescindible: todo empleador debe inscribir a su personal en el registro de ARCA, que depende de la Administración Federal de Ingresos Públicos, sin importar la cantidad de horas trabajadas ni la modalidad contractual. El registro puede realizarse de manera virtual y es el paso previo para generar recibos de sueldo legales y efectuar los aportes correspondientes. Contar con la documentación ordenada protege tanto al trabajador como al empleador ante controles oficiales.
Conceptos adicionales que debe abonar el empleador
Los valores básicos publicados sirven solo como referencia salarial. A esos importes se deben sumar otros conceptos obligatorios: antigüedad, aportes jubilatorios y la contribución para obra social. Además, cuando exista corresponderán descansos, licencias y demás derechos previstos por la ley y los convenios. El empleador es responsable de liquidar e ingresar correctamente todas esas obligaciones.
Recomendaciones y fuentes de consulta
Para evitar errores en la liquidación conviene conservar los comprobantes, mantener actualizado el registro en ARCA y consultar la grilla oficial del UPACP cada vez que se liquide un sueldo. Existen herramientas digitales que facilitan la emisión de recibos de sueldo y el cálculo proporcional por horas trabajadas, pero siempre es recomendable verificar que los valores coincidan con las publicaciones oficiales y, si fuera necesario, asesorarse con un profesional o con los organismos competentes.
Dónde informarse
Las consultas deben dirigirse a las fuentes oficiales: el sitio de la AFIP para temas de registro y aportes, y la página del UPACP para las tablas salariales. Mantenerse al día con esas publicaciones ayuda a que la relación laboral sea transparente y conforme a la normativa aplicable, especialmente durante períodos en que los valores se mantienen provisionales hasta una nueva actualización.
En síntesis, en mayo de 2026 los supervisores de casas particulares conservan los mismos valores salariales del mes anterior mientras se espera una eventual actualización. Si sos empleador o trabajador, revisá la condición de la jornada, asegurate de la inscripción en ARCA y considerá todos los conceptos que deben agregarse al sueldo básico para cumplir con la ley.