En un caso que ha conmocionado a la ciudad de Cali, la Fiscalía General de la Nación ha presentado una reconstrucción detallada del crimen de María Camila Potosí Gómez, una joven de 21 años embarazada de ocho meses, y su bebé. El proceso penal ha tomado un rumbo significativo tras las recientes audiencias ante la justicia, incluyendo la imputación de cargos a los cinco capturados por este escabroso crimen.

La joven fue asesinada el mismo día de su desaparición, entre las 3:30 de la tarde y las 10:00 de la noche del 16 de julio de 2026. Su cuerpo fue hallado a la orilla del río Meléndez, a la altura del kilómetro 3 del corregimiento de La Buitrera, en la zona de la ladera suroccidental de Cali. A unos metros de allí, fueron localizados los restos de una recién nacida, confirmados como la hija de María Camila.

La compleja organización criminal detrás del crimen

La Fiscalía ha descrito una compleja organización criminal con una división de roles para la ejecución de los actos delictivos. Los cinco presuntos implicados, identificados como Yulieth Cecilia Angulo Escobar, Nitzon Stiven Mondragón Cuero, Kevin Alexis López Orozco, Juan José Narváez Rodríguez y Edwin García Zuluaga, fueron capturados con orden judicial el 30 de julio durante diligencias de registro y allanamiento en Cali y en el municipio de Andalucía, en el Valle del Cauca.

Según la Fiscalía, el sitio donde tuvo lugar el crimen estaría relacionado con alias Yulieth. La joven María Camila vivía en el barrio Polvorines, en la comuna 18 de la ladera de Cali. El crimen se perpetró en un predio ubicado entre Polvorines y La Buitrera, en la calle 2B Bis Oeste.

El término ‘nacida viva’ y su impacto jurídico

Durante la audiencia de imputación de cargos realizada el 1 de agosto, la Fiscalía introdujo un elemento técnico y forense que podría redefinir el panorama legal del caso: el reconocimiento de la bebé bajo la condición jurídica de ‘nacida viva’. Este término podría derrumbar cualquier intento de la defensa por catalogar el hecho como un aborto forzado o muerte intrauterina, elevando el estatus de la bebé al de una víctima autónoma ante la ley colombiana.

La abogada y conciliadora Ángela María Caicedo de la Universidad Santiago de Cali explicó que el artículo 90 del Código Civil colombiano establece que la existencia legal de toda persona principia al nacer es decir, al separarse completamente de su madre. Si la bebé murió antes de ser extraída, durante el procedimiento de extracción o después de haber nacido con vida, esto tendría consecuencias jurídicas profundas.

Conductas contra un feto u homicidio de una persona recién nacida

La abogada Caicedo sostuvo que el Código Penal colombiano diferencia las conductas cometidas contra un feto de aquellas realizadas contra una persona que ya nació con vida. Si Medicina Legal determina que la bebé fue extraída con vida y alcanzó a respirar, aunque fuera por un instante, fuera del vientre materno, se entendería que sobrevivió a la separación completa de su madre y que adquirió existencia legal como persona.

En ese escenario, la investigación no se limitaría a posibles conductas cometidas contra un feto. Existiría una segunda víctima jurídicamente individualizada, cuya muerte podría ser investigada como un delito autónomo contra la vida de una persona recién nacida. El artículo 103 del Código Penal colombiano establece que incurre en homicidio quien cause la muerte de otra persona.

La responsabilidad penal por omisión

La responsabilidad penal no dependería exclusivamente de comprobar una agresión directa contra la bebé. Si nació con vida y las personas que la extrajeron la abandonaron, ocultaron o deliberadamente omitieron prestarle la atención médica indispensable, la Fiscalía podría analizar si esa omisión fue jurídicamente determinante para producir su muerte. Una bebé de aproximadamente ocho meses de gestación se encontraría en una situación de absoluta vulnerabilidad y dependencia.

Quienes hubieran asumido materialmente su cuidado o control después de una extracción clandestina tendrían la obligación de proteger su vida y procurar atención médica inmediata. Si los investigadores demuestran que una persona tenía el control de la situación, conocía el peligro que enfrentaba la recién nacida y, pudiendo actuar, decidió abandonarla, ocultarla o impedir que recibiera asistencia médica, su conducta podría ser examinada bajo las reglas de la responsabilidad penal por omisión.

Los chats que revelarían cómo se planeó el asesinato

Los chats revelados por la Fiscalía General de la Nación revelan una presunta trama de feminicidio agravado motivada por venganza personal y el deseo de arrebatar una bebé de ocho meses de gestación. Según la investigación judicial contra la mujer implicada, se habría articulado una narrativa de un profundo resentimiento hacia la víctima, María Camila Potosí, y la presunta contratación de la banda criminal ‘los Santa’.

En uno de los mensajes de texto, alias Yulieth le habría enviado el pasado 26 de junio a alias Kevin, el enlace clave, para coordinar la retención de la joven de 21 años. Con esa frase, la hoy imputada no solo habría buscado acelerar el andamiaje logístico de la red delincuencial en la ladera, sino para camuflar bajo el velo de una vendetta.

Expertos en la Fiscalía y fuentes de la Policía, consultados por medios locales, al analizar este comportamiento, explicaron que se ocultaría la obsesión premeditada por simular un embarazo y apoderarse, a cualquier costo, de la bebé.