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4 junio 2026

Nuevas modalidades de transacción para deudas no tributarias de la Unión

La AGU presentó el 31/03/2026 dos portarias que abren opciones de acuerdo para deudas con la Unión, con descuentos y criterios para casos de controversia y de interés regulatorio

Nuevas modalidades de transacción para deudas no tributarias de la Unión

El 31/03/2026 la Advocacia-Geral da União (AGU) oficializó dos nuevas fórmulas para negociar obligaciones con la União, así como con autarquías y fundaciones públicas federales, mediante las Portarias Normativas nº 213 y 214/2026. Estas normas buscan ofrecer alternativas a los largos procesos judiciales y administrativos, privilegiando la resolución consensual y la recuperación de créditos. Las medidas introducen límites de descuento, plazos de pago extendidos y mecanismos estandarizados para controversias repetitivas.

En la práctica, las nuevas modalidades permiten descuentos diferenciados —hasta 65% para personas jurídicas y 70% para personas físicas— y facilitan el pago en cuotas de hasta 132 meses para empresas o 145 meses para personas físicas. No obstante, la cuantía final de la transacción no podrá quedar por debajo del monto principal, con la excepción de pagos al contado de multas derivadas de procesos administrativos sancionadores.

Qué son las dos nuevas modalidades y cuándo aplican

La primera opción es la transacción por adhesión en el contencioso de relevante y disseminada controversia jurídica, pensada para situaciones en las que existe un número significativo de procesos que tratan el mismo tema y generan impactos relevantes para la administración pública. Se trata de controversias que presentan efectos económicos, sociales, ambientales, fiscales o regulatorios y que se han multiplicado por diferentes regiones de la Justicia Federal. La AGU podrá publicar editais con condiciones uniformes, permitiendo que los contribuyentes simplemente adhieran a la propuesta sin negociación individual.

Características de la controversia relevante

Una controversia relevante implica riesgos de compromiso de políticas públicas o de actividades-fim, o bien multiplicidad de sentencias contradictorias. Cuando esos litigios están dispersos en las seis regiones de la Justicia Federal, afectan a muchos contribuyentes y tienen potencial de ampliación, se consideran diseminadas y aptas para la transacción por adhesión. El objetivo es dar una solución homogénea y más rápida a conflictos repetitivos que consumen tiempo y recursos del Estado y de los demandantes.

Transacción por interés regulatorio y alcance en agencias

La segunda modalidad, denominada transacción en la cobranza de relevante interés regulatorio, se orienta a deudas cuya recuperación tiene impacto directo sobre la prestación de servicios públicos o la continuidad de políticas. Esta transacción puede realizarse tanto por adhesión como mediante negociación individual para créditos no tributarios de autarquías y fundaciones federales, siempre que la AGU reconozca formalmente el interés regulatorio. Se espera gran potencial de adhesión entre las 12 agencias reguladoras federales, incluidas Anvisa, Anatel, Aneel, ANS y ANP.

Ventajas para sectores regulados

Abogados y especialistas han señalado que la medida amplía las posibilidades de las empresas reguladas para transar multas y tasas de fiscalización con descuentos significativos. Leonardo Mazzillo, socio de WFaria Advogados, destacó que compañías supervisadas por Aneel, ANS o Anvisa suelen acumular numerosos débitos y ahora podrán buscar acuerdos con condiciones previsibles. La expectativa es reducir la litigiosidad y mejorar la capacidad de recuperación de créditos.

Impacto fiscal, cifras y el enfoque de la AGU

La AGU argumenta que estas normas integran una arquitectura destinada a enfrentar tres problemas principales: el estoque de deudas de difícil recuperación, el impacto regulatorio de la morosidad sobre servicios esenciales y la litigiosidad masiva en torno a tesis repetitivas. Jorge Messias, titular de la AGU, resaltó que la cobranza deja de ser exclusivamente coercitiva y pasa a dialogar con objetivos regulatorios y la estabilidad del ambiente de negocios. Según el órgano, la consensualidad ya contribuyó a reducir en 37,5% el volumen de precatórios previstos para 2027 respecto a 2026, lo que equivale a un ahorro estimado de R$ 27 bilhões.

En cifras, la AGU reporta que el stock actual de deuda activa no tributaria de autarquías y fundaciones federales suma R$ 122 bilhões, y que solamente entre las agencias reguladoras ese monto alcanza R$ 56 bilhões. Aun así, el órgano evita proyectar ahora la recuperación exacta de valores a partir de las nuevas modalidades, subrayando que se trata de herramientas que requerirán la publicación de editais y criterios para su implementación.

La opinión de expertos complementa la visión institucional: Tathiane Piscitelli, socia de Heleno Torres Advogados, recordó que la transacción con autarquías y fundaciones ya estaba prevista desde 2026 y que su impacto sobre el valor de los precatórios confirma su importancia para el equilibrio de las cuentas públicas. En síntesis, las portarias nº 213 y 214/2026 representan un intento por modernizar la gestión de la deuda pública y ofrecer vías más ágiles y transparentes para acuerdos entre el fisco y el contribuyente.

Autor

Camilla Fiore

Camilla Fiore, de Verona, anotó su primera reseña tras probar un suero en la Feria de la Cosmética: ese artículo cambió la línea editorial dedicada a las pruebas de producto. Propone secciones con un enfoque riguroso y aporta a la redacción la precisión de quien colecciona antiguos muestrarios.