En el archipiélago de Islas del Rosario y San Bernardo se desarrolla un enfrentamiento jurídico que ha puesto en el centro del debate la gestión de bienes públicos insulares. El empresario caleño Andrés Jorge Lisocky Fryde, representante legal de Inversiones Piamonte y antiguo financiador de campañas políticas, es el protagonista de un caso sobre la ocupación y explotación de un predio nacional conocido como Isla Fiesta. La historia combina contratos, multas, audiencias y decisiones judiciales que obligan a preguntarse por el valor real de territorios estratégicos frente a los pagos simbólicos hechos a la Nación.
La Agencia Nacional de Tierras (ANT) sostiene que durante años existió una situación irregular: primero una ocupación y posteriormente contratos de arrendamiento con cifras que, según la entidad, no corresponderían al valor de mercado. En este conflicto aparecen conceptos clave como ocupante irregular, baldío y canon de arrendamiento, además de inspecciones de la Contraloría General de la República y actuaciones de entes como el extinto Incoder y la SAE. La tensión culminó en medidas de recuperación material y en decisiones judiciales que han revertido pasos del Estado y del empresario.
Origen del conflicto y antecedentes contractuales
Según la narración oficial de la ANT, entre 2002 y 2006 el predio fue ocupado de forma irregular y, desde 2007, el desaparecido Incoder autorizó su arrendamiento. El contrato más reciente rigió entre diciembre de 2015 y diciembre de 2026 y estableció un pago mensual de apenas $220.430. Tras una actualización técnica, la entidad calculó que el canon justo rondaría los $11.000.000 mensuales; sin embargo, el ocupante no aceptó ese ajuste ni devolvió la isla cuando venció el acuerdo. El resultado, según la ANT, es un detrimento patrimonial silencioso que multiplicado por años representa sumas significativas para las finanzas públicas.
Acciones del Estado y respuesta judicial
Con el contrato vencido en diciembre de 2026 y después de agotar los plazos de entrega, la ANT procedió a la recuperación material de la isla el 27 de enero de 2026, apoyada en funciones de policía administrativa y asistencia de la fuerza pública. La intervención respondió, en parte, a las exigencias de fiscalización de la Contraloría General de la República para sanear los baldíos con contratos vencidos. A pesar de esa acción, el proceso judicial no fue lineal y abrió ventanas para que el empresario volviera a reclamar derechos sobre el predio.
Recuperación en el terreno
La acción en campo buscó recuperar el control de un bien que, según la ANT, se explotaba para hospedaje de lujo y actividades turísticas sin el pago correspondiente. Testimonios de fuentes oficiales describen estancias donde turistas extranjeros pagaban tarifas altas por noches en la isla, mientras el canon oficial era simbólico. La recuperación material pretendía frenar ese modelo y evitar que otros baldíos siguieran concesionados en condiciones irregulares.
La tutela y la reversión judicial
En paralelo, el caso llegó a la vía de la tutela: un juez de Cartagena había negado la medida presentada por Lisocky Fryde, pero el Tribunal Administrativo de Bolívar, bajo la ponencia del magistrado Moisés Rodríguez, revocó esa decisión y ordenó a la ANT devolver el predio al empresario en 48 horas, plazo que se fijó para el 10 de abril. Ante esa orden, la entidad presentó una nueva acción de tutela alegando la necesidad de proteger la correcta administración de los bienes de la Nación y cumplir con las obligaciones de control fiscal que señala la Contraloría.
Impacto patrimonial y escenarios hacia adelante
El caso de Isla Fiesta no es aislado: la Contraloría documentó una serie de hallazgos en los archipiélagos del Rosario y San Bernardo donde se detectaron predios arrendados a tarifas muy inferiores a las de mercado, ocupaciones irregulares y explotación comercial sin la debida remuneración a la Nación. La disputa plantea dilemas sobre transparencia, prioridades administrativas y el papel de la justicia en la protección del patrimonio público. Para la ANT, recuperar el control implica garantizar que el uso de estos espacios beneficie a la colectividad y no a intereses particulares que se lucran con prácticas cuestionables.
Qué sigue
El futuro inmediato dependerá de nuevas decisiones judiciales y de las acciones administrativas que adopte la ANT para sostener la recuperación de bienes. Mientras tanto, el empresario insiste en mantener su derecho sobre la isla y el Estado enfrenta la expectativa de demostrar que puede velar por los intereses colectivos frente a acuerdos que, según sus críticos, han favorecido históricamente a personas influyentes. El caso seguirá siendo un referente para las políticas sobre baldíos y la defensa del patrimonio insular en Colombia.