suspensión del salario mínimo 2026: qué ordenó el consejo de estado

El Consejo de Estado de Colombia tomó una decisión que reconfigura el panorama laboral: el tribunal suspendió provisionalmente el decreto presidencial que fijó un aumento del 23,7% al salario mínimo para 2026. La medida, conocida el 13/02/2026, congela los efectos del ajuste y obliga al Ejecutivo a producir un nuevo acto administrativo que cumpla con los requisitos técnicos y legales exigidos por la demanda.

Este fallo coloca al país en una situación de incertidumbre normativa y abre un plazo preciso para que la administración reemplace el decreto anterior por uno transitorio. Mientras tanto, persisten las dudas sobre el pago de nóminas y el impacto sobre empleadores, trabajadores y las finanzas públicas.

Qué ordenó exactamente el Consejo de Estado

El alto tribunal dictó la suspensión provisional del decreto que aumentó el salario mínimo en 23,78% (comúnmente citado como 23,7%). Además, el Consejo dispuso que el Gobierno expida un decreto transitorio en un plazo máximo de ocho días hábiles para definir un porcentaje temporal mientras se resuelve la demanda de fondo. La nueva norma deberá contener una argumentación económica detallada, con cuantificaciones y fuentes oficiales que permitan verificar cada criterio aplicado.

Reacciones de las partes involucradas

La decisión reavivó las diferencias entre el Ejecutivo, los gremios empresariales y los sindicatos. Desde sectores como Fenalco se celebró la suspensión y se afirmó que el aumento no refleja la realidad económica nacional, alertando sobre riesgos de pérdida de empleo formal y presiones inflacionarias. Por su parte, la ANDI aclaró que no presentó la demanda pero llamó a las empresas a proteger los derechos laborales ya generados.

Posiciones del gobierno y de los trabajadores

El presidente Gustavo Petro calificó el aumento como un avance hacia el salario vital, destinado a mejorar las condiciones de alrededor de 2,3 millones de trabajadores (aproximadamente el 10% de los asalariados). A pesar de la suspensión, el gobierno expresó que acatará el fallo y procederá conforme a la Constitución para expedir el decreto transitorio requerido. Desde la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) se rechazó la medida judicial y se pidió mantener el alza en las mismas condiciones.

Impacto económico y jurisdiccional

Los analistas y gremios empresariales han señalado que un alza de 23,7% en un solo golpe puede elevar los costos laborales sin corresponder a mayores niveles de productividad, afectando especialmente a las pymes. El riesgo señalado incluye cierre de empresas, aumentos de precios y la migración de empleados al sector informal. En lo jurídico, la corte subrayó la necesidad de que la fijación del salario mínimo esté respaldada por criterios técnicos cuantificables y fuentes oficiales.

Implicaciones prácticas para empleadores y trabajadores

Mientras el fallo está en vigor, existe confusión sobre la obligación de pago: el Ministerio de Trabajo aconsejó que el decreto original sigue vigente hasta que se expida la norma transitoria, y solicitó a los empleadores aplicar el ajuste para la primera quincena de febrero. No obstante, la suspensión crea un vacío que las empresas deberán manejar con cautela para evitar sanciones o conflictos laborales.

Pasos a seguir y escenarios posibles

En los próximos días el Gobierno tendrá que presentar un decreto transitorio con una fundamentación técnica que detalle la evaluación de cada criterio económico usado para definir el aumento. Si la nueva norma cumple los requisitos, el alza podrá retomarse en parte o en su totalidad; si no, la discusión seguirá en la vía judicial hasta una decisión definitiva. Durante este proceso, sectores políticos y sociales han llamado a movilizaciones y a proteger a las familias más vulnerables afectadas por la incertidumbre.

En síntesis, la suspensión del 13/02/2026 subraya la tensión entre decisiones de política pública orientadas a mejorar el ingreso de los trabajadores y las exigencias legales y técnicas que regulan la fijación del salario mínimo. El desenlace dependerá de la capacidad del Ejecutivo para presentar un acto administrativo con soporte técnico sólido y de la resolución final del Consejo de Estado, lo que determinará el rumbo de la negociación laboral en los meses venideros.