El máximo tribunal administrativo del país, el Consejo de Estado, dictó una medida provisional que suspende el incremento del 23,7% al salario mínimo decretado por la Presidencia para 2026. Frente a ese auto, la Casa de Nariño y el Ministerio de Trabajo han emitido instrucciones claras: los empleadores deben continuar pagando el denominado salario mínimo vital en la quincena en curso, al tiempo que la administración prepara un decreto transitorio que subsane la incertidumbre hasta que el tribunal resuelva de fondo.
La decisión del Consejo de Estado no pone fin inmediato a las obligaciones salariales según el Ejecutivo, que sostiene que el decreto original (identificado en comunicaciones oficiales) sigue teniendo efectos prácticos mientras se expide la norma transitoria. Además, el gobierno solicitó aclaraciones sobre el alcance del auto judicial, argumentando que el texto difundido omite parte de la sentencia de la Corte Constitucional que respalda el criterio del salario vital y móvil tal como figura en el artículo 53 de la Constitución.
Reacción del gobierno y medidas inmediatas
El presidente exhortó a los empresarios a respetar el pago del salario vital y anunció que el Ministerio de Trabajo intensificará la vigilancia y la recepción de quejas laborales para garantizar el cumplimiento. La instrucción oficial fue acompañada por la orden de que la primera quincena de febrero se pague con la cifra decretada, y por la promesa de tramitar reclamaciones conforme al marco normativo vigente.
Argumentos jurídicos y el papel de la corte constitucional
Desde la perspectiva del Ejecutivo, la ausencia en el auto del Consejo de Estado de la sentencia completa de la Corte Constitucional impide comprender el alcance total de la medida. El gobierno recuerda que la Corte ha priorizado el concepto de salario vital y móvil como parámetro para la fijación del mínimo, y por eso asegura que mantendrá ese criterio. Por tanto, la administración ha anunciado la elaboración de un decreto transitorio que será revisado por el propio Consejo de Estado, procurando un mecanismo legal que mantenga la protección de los ingresos mientras se dirime la controversia jurídica.
Implicaciones para empleadores y trabajadores
La suspensión provisional genera incertidumbre administrativa y práctica para empresas y trabajadores: las firmas deben decidir entre seguir la instrucción del Ministerio o ajustar pagos según interpretaciones legales divergentes. El gobierno ha dejado claro que la postura oficial es exigir el cumplimiento del salario mínimo vital y que cualquier incumplimiento podría ser objeto de denuncias y sanciones. Para los empleados, la recomendación es conservar comprobantes y reportar irregularidades a las entidades competentes, ya que las autoridades han prometido aumentar la supervisión.
Diálogo con el empresariado y contexto político
La Presidencia invitó a la alta dirección empresarial a participar en una comisión de concertación para negociar y acordar detalles antes de promulgar el decreto transitorio. En paralelo, voces políticas diversas han expresado reacciones encontradas: algunos empresarios y exmandatarios han mostrado preocupación por la carga fiscal o el impacto en la inversión, mientras el gobierno defiende la medida como una necesidad para garantizar dignidad y seguridad jurídica a los trabajadores. El Ejecutivo, por su parte, insiste en que la política salarial responde a criterios constitucionales y a la urgencia social de mantener un ingreso mínimo que cubra las necesidades básicas.
Escenarios próximos
Los pasos siguientes incluyen la expedición del decreto transitorio por parte de la Presidencia y la posible revisión o impugnación por parte del Consejo de Estado hasta que se pronuncie de fondo. Mientras tanto, el Ministerio de Trabajo continuará su labor de inspección y atención a quejas, y el gobierno pretende que la discusión entre público y privado permita encontrar un punto de acuerdo que reduzca la conflictividad. La coyuntura marca un episodio relevante en la tensión entre decisiones ejecutivas en materia salarial y el control de constitucionalidad y legalidad ejercido por los tribunales administrativos.



