Revisión necesaria: remuneración, carga y excepciones que afectan a jueces y fiscales

El funcionamiento del Poder Judicial y del Ministerio Público es esencial para preservar el Estado de Derecho y la democracia. En las últimas dos décadas, estas carreras públicas han enfrentado dos tendencias contrapuestas: una pérdida significativa del poder adquisitivo y un incremento sostenido de la carga procesal. Esos cambios impactan directamente en la independencia funcional y en la capacidad institucional para responder con calidad a la demanda social.

En paralelo, emergen polémicas sobre pagos por fuera del techo constitucional —los llamados penduricalhos— y sobre casos extremos de supersalarios en el sector público. Estas prácticas, objeto de debates administrativos y judiciales en, obligan a repensar mecanismos de compensación, transparencia y control sin renunciar a la protección que la remuneración adecuada brinda frente a presiones indebidas.

Remuneración y mercado laboral judicial

Desde 2005 se estableció un parámetro remuneratorio con el primer subsidio de ministros del Supremo Tribunal Federal y del procurador‑general de la República. No obstante, la obligación de revisión general anual prevista en el artículo 37, X, de la Constitución no se ha respetado de forma sostenida. Un ejemplo concreto: en enero de 2006 un juez o miembro del MPF percibía un subsidio neto de R$ 14.161,71; casi veinte años después, el importe neto ronda R$ 26.000, lo que representa una defasaje cercana al 54% por pérdida de poder adquisitivo.

Impacto en la independencia

La Corte Europea de Derechos Humanos ha señalado que una remuneración adecuada actúa como un verdadero escudo institucional, protegiendo a magistrados frente a presiones. Sin esa protección, crece la vulnerabilidad ante tentaciones que pueden minar la imparcialidad. Por eso, la adecuada actualización salarial y la compensación por trabajo extraordinario no son meros beneficios, sino componentes de la garantía constitucional de independencia.

Carga procesal y productividad

La litigiosidad aumentó de manera sustantiva: en la Justicia Federal, los casos nuevos pasaron de 3,2 millones en 2009 a 6,4 millones en, mientras que el número de jueces creció de 1.555 a 2.088 en el mismo periodo. Ese 100% de aumento en la demanda contrastó con solo 34% de incremento en magistrados. En el MPF, las entradas procesales subieron de 2,4 millones en 2019 a 3,7 millones en, con una plantilla estacionaria e incluso algo reducida.

Frente a ese desequilibrio, la respuesta ha sido un aumento de la productividad individual: los procesos bajados por juez federal pasaron de 2.258 (2009) a 3.452 (), y las manifestaciones por miembro del MPF subieron de 2.157 (2019) a 3.471 (). Esa escalada de rendimiento se sostiene en la acumulación de funciones y en sistemas de compensación por el trabajo extra, medidas que buscan mantener la operatividad ante la demora en la recomposición de subsidios y plantillas.

Acumulación funcional y compensaciones

Además de la labor jurisdiccional o persecutoria, jueces y fiscales asumen tareas administrativas —coordinación de centros de conciliación, dirección de escuelas de formación, laboratorios de innovación, comisiones y otros cargos— que requieren tiempo y responsabilidad adicional. La compensación por acúmulo se utiliza como instrumento para sostener esas actividades sin afectar la productividad de los órganos de origen; no se trata, por tanto, de un privilegio sino de una pauta remuneratoria vinculada a la prestación efectiva de servicios.

Controversias: penduricalhos y supersalarios

En, el debate saltó con decisiones individuales del ministro Flávio Dino del STF, adoptadas los días 5 y 19 de febrero y llevadas al Plenario para definir si se mantienen medidas que prohíben la creación de nuevas normas autorizando pagos fuera del techo y que suspenden verbas não previstas en ley. La discusión gira en torno a la distinción entre verbas remuneratórias y indenizatórias: las primeras están sujetas al techo; las segundas, concebidas como reembolso de gastos, no.

Casos de prensa como listados por Folha en febrero de muestran magnitudes extraordinarias: servidores con ingresos que superaron R$ 2,3 millones en un año —hasta R$ 3,1 millones— evidencian que, en la práctica, indemnizaciones, derechos eventuales y retroactivos pueden generar montos muy superiores al límite constitucional de R$ 46.366,19 mensuales. Eso reaviva la discusión sobre límites, transparencia y control para evitar que indemnizaciones se conviertan en complementos de salario.

En síntesis, la combinación de remuneración desactualizada, presión procesal creciente y pagos fuera del techo exige respuestas coordinadas: reconocer la productividad y el esfuerzo de magistrados y fiscales, corregir deficiencias salariales y regular con claridad las indemnizaciones para asegurar la dignidad y la independencia del servicio público judicial.