Guía Completa para Votar en las Elecciones a las Cortes de Castilla y León 2026: Todo lo que Necesitas Saber

El 15 de marzo de 2026 se celebra un evento electoral de gran relevancia: las elecciones a las Cortes de Castilla y León. En esta ocasión, los ciudadanos españoles que residen en el extranjero tendrán la oportunidad de ejercer su derecho al voto. Es un momento crucial para participar activamente en la vida política de su comunidad. En este artículo, abordaremos los requisitos, plazos y procedimientos que deben seguir los españoles en el extranjero para formar parte de estas elecciones.

Requisitos para votar desde el extranjero

Para que un ciudadano español pueda votar desde el exterior, es necesario estar correctamente registrado en el censo electoral. Se distinguen dos categorías principales de votantes: aquellos inscritos en el Censo de Españoles Residentes Ausentes (CERA) y quienes están temporalmente en el extranjero, registrados como no residentes en el Registro de Matrícula Consular, conocido como voto ERTA.

Es fundamental que verifiques si tu situación administrativa te permite participar. Si estás inscrito en el CERA, tu voto se gestionará de una forma específica. Por otro lado, si estás en el extranjero de manera temporal, deberás seguir un proceso diferente. A continuación, se detallan los pasos a seguir para cada caso.

Votantes inscritos en el CERA

Los ciudadanos que pertenecen al CERA utilizarán el censo electoral que se cerrará el 1 de noviembre de 2026. Desde el 26 de enero hasta el 2 de febrero de 2026, habrá un período excepcional para consultar el censo. Durante este tiempo, los votantes podrán verificar su inscripción y presentar reclamaciones si encuentran errores o si no aparecen en el censo.

Las opciones para consultar el censo son diversas: puedes hacerlo de manera presencial en el Consulado General de España en tu demarcación o a través de medios telemáticos en la página web del Instituto Nacional de Estadística (INE). También puedes realizar consultas por correo electrónico o por teléfono.

Documentación y modalidades de voto

No es necesario realizar una solicitud previa para votar. La documentación electoral se enviará automáticamente a la dirección registrada de cada elector entre el 7 y el 13 de febrero de 2026. En este primer envío, los votantes recibirán sobres para la votación, así como información relevante sobre el proceso electoral.

Además, habrá un segundo envío de papeletas entre el 18 y el 22 de febrero, aunque este podría retrasarse en caso de impugnaciones. Los votantes también tendrán la opción de descargar las papeletas por internet hasta el 12 de marzo de 2026.

Las modalidades de votación para los inscritos en el CERA incluyen la posibilidad de enviar su voto por correo postal hasta el 10 de marzo de 2026 o depositar su voto en persona en el Consulado General entre el 7 y el 12 de marzo de 2026.

Votantes temporales en el extranjero

Los ciudadanos que se encuentren temporalmente en el extranjero y deseen ejercer su derecho al voto deben registrarse como no residentes en el Registro de Matrícula Consular. Para votar, deberán solicitar la documentación electoral antes del 14 de febrero de 2026 y enviar su voto por correo certificado a la mesa electoral correspondiente en España antes del 11 de marzo de 2026.

Es crucial que estos votantes sigan las instrucciones contenidas en la documentación que recibirán, para asegurarse de que su voto sea contabilizado correctamente.

Para que un ciudadano español pueda votar desde el exterior, es necesario estar correctamente registrado en el censo electoral. Se distinguen dos categorías principales de votantes: aquellos inscritos en el Censo de Españoles Residentes Ausentes (CERA) y quienes están temporalmente en el extranjero, registrados como no residentes en el Registro de Matrícula Consular, conocido como voto ERTA.0