Corte Suprema condena a Ciro Ramírez a 23 años por desvío de recursos

La Sala de Juzgamiento de la Corte Suprema emitió el 25 de marzo de 2026 una sentencia que condena al senador Ciro Alejandro Ramírez Cortés a doscientos setenta y nueve (279) meses y ocho (8) días de prisión por delitos relacionados con el manejo irregular de contratos públicos. En el fallo la alta corte le impuso además una multa elevada —descrita como diecinueve mil cuatrocientos dos punto cuarenta y ocho s.m.l.m.v.— y determinó la existencia de una estructura criminal que influyó en la adjudicación de obras y interventorías.

Hechos clave y alcance de la investigación

Según la sentencia, el senador utilizó su investidura para incidir en procesos de contratación que involucraron al Departamento de Prosperidad Social (DPS) y a la Empresa para el Desarrollo Territorial Proyecta. La investigación señala la dirección de al menos 13 contratos por montos que, en distintas piezas del expediente, se cuantifican en más de $24.000 millones (COP) y en algunos señalamientos alcanzan cifras que rondan cerca de $90.000 millones. El texto judicial identifica reuniones, comunicaciones y pagos acordados como parte de un mecanismo para asignar contratos a beneficiarios predeterminados.

Redes, actores y contratos implicados

El expediente relaciona a Ramírez con actores como Pablo César Herrera, exgerente de Proyecta, y con funcionarios del DPS, entre ellos Pierre García, a quienes se atribuye la concertación de convenios y la selección previa de contratistas. El contrato interadministrativo 670 de 2026, por $48.660.000.000, aparece como eje del reparto ilícito en 2026, justo antes de la vigencia de la Ley de Garantías. La Corte además menciona otros nombres vinculados a la red, como Raúl Alfonso Cardozo Ordóñez y Anderson González González, encargados de canalizar recursos y beneficiarios.

Contexto dentro del escándalo ‘Marionetas 2.0’

El caso forma parte de la investigación más amplia conocida como Marionetas 2.0, derivada de una red que tuvo en sus orígenes al exsenador Mario Alberto Castaño. La causa alcanzó a múltiples regiones —Quindío, Tolima, Santander, Caldas— y, según la Corte, operó con la lógica de adjudicaciones predeterminadas y el cobro de comisiones. En este entramado también figura el exsenador Juan Carlos Martínez, señalado por la fiscalía como uno de los operadores financieros del esquema.

Consecuencias legales y política del fallo

La condena de primera instancia impuesta el 25 de marzo de 2026 no produce de forma automática la pérdida de la curul. En Colombia, una decisión de primera instancia puede ser apelada y hasta que no exista una sentencia en firme la investidura se mantiene. La defensa, encabezada por el abogado Pedro Nel Escorcia, anunció que recurrirá la decisión y confía en que la revisión de segunda instancia modifique o revoque la condena.

Medidas previas y situación procesal

En diciembre de 2026 se emitió orden de captura contra Ramírez y, en esa etapa, su bancada sufrió la aplicación de la figura de la silla vacía, que impidió reemplazar temporalmente su escaño. No obstante, en mayo de 2026 el senador recuperó la libertad y regresó a la actividad legislativa. La sentencia de marzo de 2026, que fija una pena equivalente a cerca de 23 años y sanciones accesorias, abre ahora la vía a recursos judiciales que definirán el destino definitivo de su situación penal y política.

Alcances y otros investigados

La Corte también evaluó la participación de otros congresistas en el expediente amplio de Las Marionetas 2, y en 2026 determinó no abrir investigación contra senadores como Carlos Abraham Jiménez, Juan Samy Merheg, Juan Felipe Lemos y Carlos Fernando Motoa por falta de pruebas. La decisión sobre Ramírez, en cambio, lo sitúa en el centro del proceso penal por concierto para delinquir y cohecho propio, delitos que, de confirmarse en instancias superiores, tendrían efectos no solo penales sino también políticos y patrimoniales.

En suma, la sentencia del 25 de marzo de 2026 representa un punto de inflexión en una trama de contratos y clientelismo que la Corte describe con base en interceptaciones, documentos contractuales y testimonios. Mientras la apelación sigue su curso, la discusión pública y política continuará sobre cómo se traducen estas decisiones judiciales en cambios institucionales que prevengan la repetición de prácticas similares.