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4 junio 2026

Consejo Nacional Electoral permite la publicación de AtlasIntel y crea comisión investigadora

El CNE dejó sin efecto la orden que frenó las encuestas de AtlasIntel y constituyó una comisión de magistrados para revisar los procesos y auditarlos a fondo

Consejo Nacional Electoral permite la publicación de AtlasIntel y crea comisión investigadora

El Consejo Nacional Electoral (CNE) decidió levantar la medida que había suspendido la publicación de estudios de la encuestadora AtlasIntel, en una resolución adoptada en la Sala Plena el 20 de mayo de 2026. La orden inicial fue emitida de forma unipersonal por la magistrada Fabiola Márquez el 19 de mayo de 2026, tras advertencias sobre posibles irregularidades técnicas. La controversia involucró, además, a la Revista Semana, que presentó un recurso de reposición contra la medida, y al concepto de la Procuraduría General de la Nación que recomendó revocar la suspensión por problemas de competencia en su emisión.

Ante la imposibilidad de un acuerdo rápido entre los magistrados, la Sala Plena acordó crear una subcomisión que analice de fondo los procesos abiertos contra la firma brasileña. Esa célula estará integrada por los magistrados Fabiola Márquez, Maritza Martínez, Álvaro Hernán Prada y Altus Baquero. Mientras tanto, AtlasIntel recuperó la autorización para continuar publicando sus sondeos y encuestas relativos a la contienda presidencial de 2026, aunque bajo la lupa técnica del órgano electoral.

Contexto y cronología de los hechos

Los pasos anteriores a la revocatoria incluyen investigaciones y auditorías internas de la Comisión Técnica y de Vigilancia de Encuestas del CNE, que señalaron incumplimientos repetidos de la normativa. La magistrada Martínez abrió indagaciones por encuestas publicadas en agosto y noviembre de 2026, y el magistrado Prada inició otra por estudios divulgados en marzo de 2026. El 19 de mayo de 2026, la magistrada Márquez decidió emitir una medida cautelar para suspender la difusión de los resultados que, según la Comisión, carecían de cumplimiento integral de requisitos legales y técnicos exigidos por la normativa electoral.

Motivos técnicos detrás de la medida

El informe de auditoría detectó seis hallazgos vinculados con la metodología y la documentación remitida por AtlasIntel. El más grave fue la calificación de «sondeo publicado como encuesta», considerado un hallazgo crítico por la Comisión. Además, se constataron entregas fuera de plazo, ausencia de declaración juramentada sobre aportes a campañas, inconsistencias en la identificación de candidatos, diferencias entre las preguntas publicadas y el formulario utilizado, y la falta de acreditación sobre la preservación de la información por dos años. Para la Comisión, estos hallazgos podían justificar medidas cautelares o sanciones dada la reincidencia.

Reacciones políticas y legales

La decisión inicial de la magistrada Márquez generó críticas por su carácter unipersonal y por la vinculación política que algunos observadores señalaron, dado que Márquez fue nominada por el colectivo del Pacto Histórico. La acción motivó la presentación de recursos por parte de los afectados y el pronunciamiento de la Procuraduría, que sugirió la revocatoria de la suspensión por irregularidades en el procedimiento. En paralelo, la Revista Semana apeló formalmente y logró que la Sala Plena revisara la medida, lo que desembocó en el levantamiento temporal de la prohibición de publicar los estudios.

Encuesta en el centro del debate

La encuesta que desató el conflicto mostraba un escenario competitivo para la elección presidencial 2026, colocando en primer lugar al senador Iván Cepeda, seguido por el abogado Abelardo de la Espriella y en tercer puesto a la senadora Paloma Valencia. Ese resultado fue uno de los elementos que intensificaron el intercambio político y mediático, y que llevó a la exigencia de que la metodología y la trazabilidad del muestreo quedaran plenamente justificadas ante el electorado y las autoridades.

Qué se espera de la comisión y próximos pasos

La subcomisión designada por la Sala Plena deberá estudiar a fondo los procesos ya abiertos contra AtlasIntel y el recurso presentado por la magistrada Márquez. Su labor incluirá una revisión técnica de las auditorías previas, la verificación del cumplimiento de la Ley 2494 de 2026 y de la Resolución 1197 de 2026, y la emisión de recomendaciones sobre la validez de las publicaciones y eventuales sanciones administrativas. El órgano tendrá la responsabilidad de balancear la garantía de la libertad de prensa con la necesidad de preservar la integridad técnica de las encuestas en plena campaña.

Implicaciones para la campaña y la opinión pública

En el corto plazo, la revocatoria de la suspensión permite que los medios y la encuestadora sigan difundiendo resultados, pero la polémica expone la tensión entre control técnico y presiones políticas en periodos electorales. El caso subraya la importancia de la transparencia metodológica: para evitar controversias, las firmas deben acreditar con claridad sus procedimientos de muestreo, conservación de datos y declaraciones sobre posibles vínculos con campañas. El desenlace dependerá de la solidez técnica del informe que emita la comisión y de las eventuales decisiones disciplinarias del CNE.

En definitiva, el episodio deja en evidencia que la regulación de las encuestas electorales es un terreno donde confluyen la técnica estadística, el derecho electoral y la política partidaria. Los próximos pronunciamientos de la subcomisión y del propio CNE serán determinantes para clarificar responsabilidades y para establecer precedentes que afectarán cómo se informará al público durante el proceso electoral de 2026.

Autor

Roberta Bonaventura

Roberta Bonaventura estuvo en el lugar del derrumbe de un muelle genovés para coordinar la cobertura en directo, defendiendo una línea editorial de inmediatez verificada. Corresponsal de breaking news, lleva consigo un detalle personal: una placa recibida en la sala de prensa del Porto Antico.