En una explicación accesible y crítica, Raúl Benet plantea que el T-MEC incorpora mecanismos que facultan a inversionistas extranjeros a presentar reclamaciones contra el Estado mexicano por supuestas pérdidas de beneficios futuros. Según Benet, estas cláusulas de arbitraje inversionista-Estado tienen la capacidad de afectar decisiones públicas sobre protección ambiental o cumplimiento de condicionantes permitiendo a las compañías exigir compensaciones económicas por ganancias que estimaron obtener en el futuro.
El analista advierte que la amenaza no proviene tanto de proyectos específicos como de la estructura jurídica que garantiza a las empresas la opción de demandar si cambian políticas, leyes o se declaran zonas protegidas. En su lectura, este tipo de disposiciones funcionan como un mecanismo de presión que puede socavar la potestad soberana del Estado para regular en materia ambiental y de derechos de las comunidades afectadas.
Cómo operan las demandas por ganancias futuras
La explicación de Benet se centra en que no es necesario haber perdido una inversión real para reclamar. Mediante la figura del arbitraje inversionista-Estado, las empresas presentan cálculos sobre lo que habrían ganado y solicitan indemnizaciones. Este enfoque transforma decisiones administrativas o legislativas —como la revocación de permisos o la protección de un corredor ecológico— en potenciales causas de responsabilidad económica para el país, con montos que en ocasiones ascienden a cifras multimillonarias.
Además, Benet subraya que estas reclamaciones plantean una asimetría: mientras las empresas cuentan con herramientas para litigar en foros internacionales, las comunidades y el propio Estado se enfrentan a un proceso que, en su opinión, carece de transparencia y pone en desventaja a las partes locales afectadas.
El caso Calica y la reclamación de Vulcan
Como ejemplo concreto, Benet menciona la controversia en torno a la mina Calica, operada por la empresa Vulcan. Tras la clausura de actividades vinculadas a daños ambientales, la compañía no niega las irregularidades detectadas, pero demanda una compensación argumentando que le fue negada la renovación de permisos que le permitirían obtener beneficios proyectados. Para Benet, este tipo de demandas ilustran cómo las empresas utilizan las cláusulas del tratado para reclamar por expectativas de ganancias más que por inversiones materiales inmediatas.
El caso sirve de advertencia sobre cómo decisiones ambientales pueden derivar en procesos legales internacionales que obliguen al Estado a pagar indemnizaciones elevadas, aun cuando exista evidencia de impactos ambientales o incumplimiento de condicionantes por parte del inversionista.
Preocupaciones sobre la imparcialidad y la opacidad de los tribunales
Otro punto que destaca Benet es la naturaleza cerrada de muchos tribunales internacionales que resuelven estos litigios. Según él, la arquitectura de resolución crea escenarios en los que un pequeño panel de árbitros decide sobre reclamos multimillonarios sin mecanismos públicos amplios ni la participación plena de las comunidades afectadas. Benet describe este sistema como favorecedor de los inversionistas frente al interés público, en ocasiones con resoluciones calificadas de arbitrarias.
Consecuencias para la política pública
Benet argumenta que la existencia de estas cláusulas puede inducir a los gobiernos a evitar políticas ambientales más contundentes por temor a las demandas. En su visión, eso deriva en un efecto disuasorio sobre la implementación de medidas de protección de ríos, bosques o áreas naturales, puesto que cualquier decisión restrictiva podría interpretarse como una vulneración del derecho esperado de las empresas a explotar recursos.
Transparencia y equilibrio
Para mitigar estos riesgos, Benet aboga por mayor transparencia y por mecanismos que equilibren el acceso al arbitraje con salvaguardas para el interés público. Propone revisar la forma en que se conceden permisos y cómo se condicionan para evitar que la falta de cumplimiento por parte de empresas derive en indemnizaciones por ganancias hipotéticas. Asimismo, destaca la necesidad de que las comunidades afectadas tengan voz efectiva en estos procesos.
En síntesis, la alerta de Raúl Benet invita a replantear el alcance del T-MEC y sus mecanismos de solución de controversias: advierte sobre el riesgo de que la defensa de inversiones se traduzca en una barrera para la protección ambiental y en un privilegio procesal para inversionistas en tribunales internacionales poco transparentes. Su análisis pide atención política y reformas que garanticen que la soberanía regulatoria y los derechos de las comunidades no queden subordinados a reclamaciones por ganancias futuras.

